Los donativos y donaciones realizadas a la Fundación Antonio Boluda para la Protección de la Infancia están sujetos a los incentivos fiscales recogidos en la Ley
49/2002 de 23 de diciembre de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, pudiéndose
aplicar una deducción del 25% en el Impuesto sobre la Renta de Personas
Físicas y de un 35% en el Impuestos sobre Sociedades, siempre y cuando
no exceda del 10% de la base imponible del periodo impositivo.
Si quiere colaborar económicamente, puede hacerlo en el siguiente número de cuenta:
C/C de Caja Madrid 2038 2491 55 6000470765, a nombre de Fundación Antonio Boluda para la Protección de la Infancia.
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