jueves, 9 de mayo de 2013

Los donativos y donaciones realizadas a la Fundación Antonio Boluda para la Protección de la Infancia están sujetos a los incentivos fiscales recogidos en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, pudiéndose aplicar una deducción del 25% en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas y de un 35% en el Impuestos sobre Sociedades, siempre y cuando no exceda del 10% de la base imponible del periodo impositivo.

Si quiere colaborar económicamente, puede hacerlo en el siguiente número de cuenta:

C/C de Caja Madrid 2038 2491 55 6000470765, a nombre de Fundación Antonio Boluda para la Protección de la Infancia.

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